El Programa de Incentivos a los Docentes Investigadores y su Implementación en la Universidad Nacional de La Matanza (2009–2014)[1]
The incentive program for teacher-researchers and its implementation at the Universidad Nacional de La Matanza
Dorina Mecca[2]
https://orcid.org/0000-0001-8634-1997
Mecca, D. (2026). El Programa de Incentivos a los Docentes Investigadores y su Implementación en la Universidad de La Matanza. Campo Universitario, 7 (13), 1-11
Fecha de recepción: 20/08/2025
Fecha de aceptación: 24/10/2025
Resumen: Si bien buena parte de las instituciones que dieron inicio al Sistema Universitario argentino han tenido un perfil más próximo a la docencia, con el correr del tiempo la investigación fue reconocida como una función sustantiva de las Universidades Nacionales. Aun así, a excepción de las instituciones cuyo perfil se enmarca en la producción de conocimiento, esta función ha tenido un menor desarrollo relativo a nivel nacional. A los efectos de formalizar los procesos de acceso a la dirección de proyectos de investigación e incentivo de las actividades de producción del conocimiento, en el año 1993 se aprobó en Argentina el Programa de Incentivo a los Docentes Investigadores (ProInce). En ese marco, el presente trabajo se propone analizar la implementación del Programa de Incentivo a los Docente Investigadores, ProInce, en un caso de estudio específico: la Universidad Nacional de La Matanza (UNLaM). Para ello, se parte de una historización y contextualización de la creación de este Programa, junto a la reflexión de las dificultades que se produjeron como corolario de algunas de sus pautas normativas. La metodología empleada ha sido principalmente cualitativa. Entre los principales hallazgos se destaca la creación de un Programa de Investigación Homónimo al Nacional, con requisitos de acceso a la dirección de proyectos diferenciados. De esta forma, se busca contribuir tanto a las discusiones propias del campo de estudios acerca de la Educación Superior, como a la toma de decisiones públicas.
Palabras claves: universidades nacionales, investigación, educación superior, programa de incentivos al docente-investigador, formación de recursos humanos.
Abstract: Although many of the institutions that launched the Argentine University System have had a more teaching-oriented profile, over time, research has been recognized as a substantive function of National Universities. Even so, with the exception of institutions focused on knowledge production, this function has been relatively less developed at the national level. In order to formalize the processes for accessing research project management and incentivizing knowledge production activities, the Incentive Program for Researchers and Professors (ProInce) was approved in Argentina in 1993. Within this framework, this paper analyzes the implementation of the Incentive Program for Researchers and Professors (ProInce) in a specific case study: the National University of La Matanza (UNLaM). To do so, it begins with a historicization and contextualization of the creation of this Program, along with a reflection on the difficulties that arose as a result of some of its regulatory guidelines. The methodology employed has been primarily qualitative. Among the main findings is the creation of a Research Program similar to the National Program, with separate entry requirements for project management. This seeks to contribute both to the field's own discussions about Higher Education and to public decision-making.
Keywords: national universities, research, higher education, teacher-research incentive program, human resources training
Introducción
Si bien buena parte de las instituciones que dieron inicio al Sistema Universitario argentino han tenido un perfil más próximo a la docencia, con el correr del tiempo la investigación fue reconocida como una función sustantiva de las Universidades Nacionales. Aun así, a excepción de las instituciones cuyo perfil se enmarca en la producción de conocimiento, esta función ha tenido un menor desarrollo relativo a nivel nacional.
A los efectos de formalizar los procesos de acceso a la dirección de proyectos de investigación e incentivo de las actividades de producción del conocimiento, en el año 1993 se aprobó en Argentina el Programa de Incentivo a los Docentes Investigadores (ProInce). En ese marco, el presente artículo se propone analizar la implementación del Programa de Incentivo a los Docente Investigadores, ProInce, en un caso de estudio específico: la Universidad Nacional de La Matanza (UNLaM). Para ello, se parte de una historización y contextualización de la creación de este Programa, junto a la reflexión de las dificultades que se produjeron como corolario de algunas de sus pautas normativas.
La metodología empleada ha sido principalmente cualitativa. Para ello, se recopiló normativa nacional referida al Programa de Incentivo a los Docentes Investigadores (ProInce), se realizó un análisis documental de las mismas y se reconstruyó la trayectoria de las postulaciones UNLaM en el mismo.
El siguiente trabajo se estructura en cuatro apartados. El primer apartado introduce el encuadro metodológico diseñado a los efectos de realizar el posterior análisis. El segundo apartado, presenta una breve historización de la creación del aludido Programa. El tercer apartado, expone el análisis de las estrategias desarrolladas por el caso de estudio seleccionado para examinar la implementación del Programa de Incentivo a los Docentes Investigadores (ProInce) en una Universidad Nacional. Finalmente, el cuarto apartado sintetiza las principales reflexiones extraídas a lo largo del trabajo.
La investigación en el sistema universitario argentino: discusiones en torno de sus principales protagonistas
El presente artículo se propone analizar la implementación de un Programa específico - Programa de Incentivo a los Docentes Investigadores (ProInce) - orientado a la sistematización de requisitos para la dirección de proyectos de investigación en la UNLaM. Para ello, conviene comenzar precisando algunas cuestiones relativas a los sujetos centrales de este Programa: los docentes investigadores.
Un aspecto novedoso que el Programa ProInce introdujo, ha sido la categoría docente investigador (Piñeiro et al., 2024). Dicha categoría implicó distinguir las singularidades que adopta la investigación en las Instituciones de Educación Superior – registradas y evaluadas de acuerdo con los indicadores establecidos por OCDE (2015)-.
De esta forma, se advierte un enfoque teórico distintivo que establece a los principales protagonistas de las actividades de producción de conocimiento en las Universidades Nacionales como profesionales que ejercen la docencia y complementariamente desarrollan tareas de investigación y/o extensión. Ello supone diferenciar al sujeto que produce conocimiento en las Instituciones de Educación Superior de aquellos que forman parte de las carreras nacionales -como aquella promovida por el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), (Beigel, 2017; Algañaraz Soria y Castillo, 2018; Piñeda, 2020)- o provinciales -como ocurre con los investigadores pertenecientes a la Comisión de Investigaciones Científicas (CIC) de la Provincia de Provincia de Buenos Aires (Vasen, 2013; Niembro et al., 2021; Walker, 2023).
Se asume, en este sentido, que entre los investigadores de las agencias nacionales o provinciales -que suelen afrontar esquemas de doble dependencia- y aquellos que efectúan tareas de producción de conocimiento por fuera de tales esquemas de carrera, circunscriptos únicamente a las Universidades, existen brechas significativas y razonables en los niveles de productividad científica. Por esta razón, desde el Sistema Universitario se demandaba la estipulación de una carrera para investigadores externos a las carreras nacionales y/o provinciales (García de Fanelli, 2009) reconociendo las asimetrías incrementadas a raíz de los efectos de la última dictadura militar entre estas instituciones (Svampa & Aguilar, 2024).
En ese marco, se definió a la investigación universitaria como la suma de acciones realizadas de forma deliberada por los ejecutores de I+D con el objetivo de generar nuevos conocimientos. En la mayoría de los casos, las actividades de I+D pueden agruparse en “proyectos de I+D”. Cada proyecto de I+D se compone de un conjunto de actividades de I+D, donde se organiza y se gestiona con un objetivo específico y tiene sus propias metas y resultados esperados (OCDE, 2015). Con este breve repaso por el enfoque teórico subyacente al Programa en cuestión, y al presente artículo, se realizará el análisis de la implementación de este en el caso UNLaM.
Breve historia del Programa de Incentivos a los Docente Investigadores
Con el objetivo de promover el desarrollo integrado de la carrera académica de los docentes en las Universidades Nacionales, se creó el Programa de Incentivos a los Docentes Investigadores en el año 1993. Adicionalmente, este Programa se proponía, entre otras cosas, que esa promoción se diera en el marco de un enfoque integrado de la docencia, investigación, extensión y gestión, haciendo que la creación de un incentivo a los docentes de las Universidades Nacionales que participen en proyectos de investigación contribuyera en forma simultánea a aumentar las tareas de investigación y desarrollo a nivel nacional, fomentando la reconversión de la planta docente, motivando una mayor dedicación a la actividad universitaria y a la creación de grupos de investigación.
De este modo, el Poder Ejecutivo de la Nación sancionó el Decreto 2427/93 estableciendo un incentivo para el personal docente de las Universidades Nacionales que además de cumplir con funciones docentes también participaban en proyectos de investigación acreditados. Para poder solicitar el mismo, el docente debía participar de proyectos de investigación acreditados y tener una Categoría Equivalente de Investigación (C. E. I.). Para acceder a las mismas, el Anexo III punto 1 del Decreto, estipulaba que se conformaría una Comisión integrada con un máximo de 9 profesores universitarios de relevante prestigio y reconocida trayectoria como investigadores, los cuales hasta 6 serían designados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y hasta 3 por la entonces Secretaría de Políticas Universitarias (SPU), que establecerían los requerimientos sobre los antecedentes a presentar para la asignación de cada categoría (Decreto N°2427/1993 Incentivo a los Docentes Investigadores de las Universidades, 1993).
También estipulaba que si el docente declaraba pertenecer a la carrera de investigador del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) o de la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires (CIC), le correspondía automáticamente la siguiente categoría:
ü Investigador superior o principal del CONICET O CIC: Docente investigador A.
ü Investigador independiente o adjunto sin director del CONICET O CIC: Docente investigador B.
ü Investigador adjunto con director o asistente del CONICET O CIC: Docente investigador C.
ü Becarios, profesional principal o adjunto del CONICET O CIC: Docente investigador D.
Cada docente-investigador presentaba sus antecedentes bajo la forma de declaración jurada, en su Universidad, y esta le otorgaba a sus Docentes Investigadores las categorías equivalentes de investigación, habilitando a la SPU a solicitar una muestra de las presentaciones para constatar las mismas.
Recién en el año 2008, el Ministerio de Educación aprobó el Manual de Procedimientos para la implementación del Incentivo previsto por el Decreto del año 1993, considerando entre las principales razones, flexibilizar las condiciones para ingresar a las categorías iniciales, con el objeto de ampliar los alcances del Programa a la mayor cantidad posible de docentes investigadores a partir de la incorporación de investigadores jóvenes fomentando la actividad de formación de recursos humanos y perfeccionando las pautas cualitativas de categorización diferenciándolas de las cuantitativas. Con ello se esperaba conferir mayor precisión a las evaluaciones de los comités evaluadores e informar con mayor claridad a los propios docentes investigadores, cuál era la categoría a la que mejor se adaptan sus antecedentes.
A partir de aquí es que se estableció, con claridad, que requisitos debía acreditar un docente-investigador para obtener una de las cinco categorías del Programa, siendo la categoría superior la I y la inicial la V. (Resolución N° 1879/2008 Manual de procedimientos implementación incentivo decreto N°2427/93, 2008). Para obtener cada una de ellas, el docente-investigador debía realizar distintas actividades tanto en docencia como en investigación, que al mismo tiempo lo habilitaban para poder ocupar distintos roles en las actividades de investigación, como ser:
ü Integrante de proyecto de investigación en las diferentes etapas de su formación en la misma (inicio, en formación o formado). Docentes- investigadores con Categoría de la V a la I.
ü Director de proyecto de investigación. Docentes-investigadores con Categoría de la III a la I.
ü Codirector de proyecto de investigación. Docentes-investigadores con Categoría de la III a la I.
ü Integrante del Banco de Evaluadores Nacionales. (Resolución N° 1879/2008 Manual de procedimientos implementación incentivo decreto N°2427/93, 2008). Docentes-investigadores con Categoría II o I.
El artículo N°18. del Manual establecía que los Comités de evaluadores, divididos por disciplinas, previstos en el artículo N°17 debían analizar los antecedentes de los postulantes considerando el cumplimiento de los requisitos cualitativos y la aplicación de las pautas cuantitativas que la Autoridad de Aplicación dispusiera para cada categoría. Dejando claramente establecido que los requisitos de cada categoría eran acumulativos, es decir que se asignaría una categoría cuando el solicitante cumpliera con los requisitos específicos para la misma y, además, con todas las condiciones exigidas para las categorías inferiores.
Ahora bien, nos interesa hacer foco en los requisitos para acceder a la Categoría III, que es la que permite poder comenzar a dirigir o codirigir proyectos de investigación. Uno de los requisitos que se solicitaban era que los docentes- investigadores acreditasen haber dirigido o codirigido exitosamente proyectos de investigación científica, artística o de desarrollo tecnológico, evaluados y aprobados en su desarrollo (informe de avance y/o informe final) por entidades de reconocido prestigio científico o académico, o, en su defecto, una actividad continuada de más de 8 años en proyectos de investigación acreditados (Art N° 18). Entonces ¿cómo haría un docente-investigador para dirigir o codirigir un proyecto si no tuviera la categoría que lo habilitara aun? O ¿Cómo le van a otorgar la categoría III si no puede demostrar haber dirigido o codirigido proyectos de investigación?
La respuesta sería que entonces, si o si, el docente-investigador debía esperar y acumular más de 8 años de tareas de investigación continua en proyectos acreditados, pero esto parece mucho tiempo y lo es, sobre todo para las Universidades donde su planta de docentes- investigadores está conformada por docentes jóvenes, que obtienen sus títulos y se inician en la actividad de docencia e investigación en la Universidad, sin experiencias previas (Arza, Fressoli, & López, 2017).
Y si las Universidades no tienen docentes-investigadores con categorías para dirigir, ¿Quién podría dirigir los proyectos de investigación? ¿Quién conformaría los equipos de investigación? ¿Quién formaría recursos humanos en investigación? Como vemos, la cuestión va más allá del tiempo que tenga que esperar el docente-investigador en obtener su categoría III, para luego poder adquirir experiencia y poder solicitar categorías mayores. El problema se traslada a las Universidades, las cuales no solo se encuentran con la situación de no tener docentes con categorías habilitados para dirigir – incluso teniendo experiencia en investigación, trayectoria y formación, es decir la capacidad para poder hacerlo-, por la razón explicada, sino que también se suma a esta, que sus docentes-investigadores con categorías superiores, que tienen toda la experiencia y trayectoria para ocupar los cargos de directores o codirectores llegan a la edad de su jubilación y se retiran de la actividad académica. Entonces no se pueden acrecentar el número de proyectos de investigación, pero tampoco se pueden ocupar lo cargos de los directores jubilados, disminuyendo más la cantidad de proyectos acreditados que puede gestionar la Universidad (González & Gallego Domínguez, 2016).
A esta situación se suma que si bien el Manual de Procedimiento, en su artículo N° 24, establece que las categorías tendrían una vigencia de ocho años y que las convocatorias de categorización se realizarían cada cuatro años, en la práctica, las convocatorias se llevaron a cabo en los años 1994, 1998, 2004, 2009, 2011 (convocatoria especial), 2014/2015 y 2021. Esta irregularidad en los plazos generó demoras en la obtención y utilización efectiva de las categorías (Prado & Algarañaz Soria, 2021).
El caso de la Universidad Nacional de La Matanza
Como se mencionó anteriormente, se tomará el caso de la Universidad Nacional de La Matanza para analizar la implementación del Programa de Incentivo al Docente Investigador. La misma es una Universidad con 35 años de vida, donde su planta profesional está conformada por un gran número de docentes que inician sus actividades en docencia e investigación sin experiencias previas, por tal motivo, sin categoría del Programa de Incentivo al Docente Investigador o con categorías iniciales (Ezeiza Pohl & Babina, 2018).
En este contexto, el 1 de diciembre del 2011 el Honorable Consejo Superior de la Universidad a través de la Resolución N° 103 aprobó el Programa y el Reglamento de Investigación Científica, Desarrollo y Transferencia de Tecnología e Innovaciones de la Universidad Nacional de La Matanza (CyTMA2), cuyo antecedente fue el Programa de Investigaciones, Ciencia y Técnica de la UNLaM (CyTMA), promovido en el año 2004. El fundamento del mismo, entre otras cosas, fue la necesidad desde el punto de vista institucional de implementar políticas específicas destinadas a consolidar las áreas de investigación consideradas de mayor prioridad en las distintas carreras que se dictan en la Universidad, garantizando así la capacitación y actualización de los recursos humanos existentes y la formación de nuevos recursos humanos y dar respuesta a los cambios suscitados desde la SPU en reemplazar el Decreto N° 2427/93 por la Resolución N° 1879/2008 del Ministerio de Educación (2008).
Dicho Programa estipula en su artículo 4° los requisitos para poder participar del mismo. Detallando que para ingresar como Director o Codirector de este se debe contar con:
· Categoría I, II, III o IV del Programa de Incentivo al Docente Investigador o
· Ser profesor con título de Posgrado (Maestría, Doctorado o Posdoctorado) o
· Ser Docente titular o a cargo de Cátedra.
Estos requisitos permitieron que los docentes investigadores que ya se encontraban realizando funciones de investigación, ya sea por participar en proyectos de investigación (lo que le permitió obtener la categoría IV) o por sus carreras académicas (sus títulos de Posgrado), pudieran adquirir experiencia en las tareas de dirección de los proyectos y luego acreditar las mismas para las futuras convocatorias del Programa de Incentivos. Cabe aclarar que, esto también fue posible porque en el artículo N° 9 se estipula que todos los proyectos del Programa CyTMA2 debían ser evaluados por al menos dos evaluadores externos, seleccionados del listado oficial del Banco Nacional de Evaluadores de la SPU, al igual que los proyectos de Investigación del Programa de Incentivos (ProInce). Ello implicaría que, si bien se flexibilizaban las condiciones para acceder a la dirección, el rigor de la calidad de la evaluación que habilitaba a la acreditación del proyecto era equivalente al del Programa Nacional.
A partir de la implementación de esta normativa y otras situaciones que acompañaron el desarrollo de la Universidad Nacional de La Matanza, como, por ejemplo, la creación del Departamentos de Ciencias de la Salud (Resolución H.C.S. 006/11), con la incorporación de tres carreras nuevas -Medicina, Kinesiología y Nutrición- y toda su planta docente, la cual se incorporó a las actividades de investigación, generando proyectos nuevos y conformando equipos de investigación. Ello permite evidenciar cómo los números de las categorías obtenidas por los docentes investigadores fueron mejorando, no solo cuantitativamente sino también cualitativamente. Podemos ver este avance reflejado en los números que nos aporta el libro “Investigar en la UNLaM. 25 años 1989-2014” (2015).
Allí se advierte que en el proceso de Categorización 2009, la UNLaM obtuvo un total de 341 categorías, distribuidas de la siguiente manera:
ü Categoría V: 178
ü Categoría IV: 99
ü Categoría III: 45
ü Categoría II: 15 y
ü Categoría I: 4.
En el proceso de Categorización 2011, recordemos que este fue una convocatoria especial, dirigida particularmente a quienes habían retornado al país y al ámbito universitario a través de programas oficiales de reinserción implementados por las Universidades u organismos oficiales de Ciencia y Tecnología y para quienes no poseían categoría vigente, ya sea por no haber obtenido nunca una categoría o por haber perdido la vigencia de esta (Sarthou & Araya, 2015). La UNLaM obtuvo un total de 57 categorías, distribuidas de la siguiente manera:
ü Categoría V: 52;
ü Categoría IV: 3 y
ü Categoría I: 2.
Estos resultados, más categorías de procesos de categorización anterior y que se encontraban vigentes, hacen que al año 2014 (año de apertura de una nueva Convocatoria de categorización) la Universidad contara con un total de 604 categorías distribuidas de la siguiente manera:
ü Categoría V: 336
ü Categoría IV: 105
ü Categoría III: 112
ü Categoría II: 32 y
ü Categoría I: 23. (Secretaría de Ciencia y Tecnología, 2015).
Tal como se expresó anteriormente, este avance en obtener mayor cantidad de categorías (I, II y III) que habilitan a dirigir y/o codirigir proyectos de investigación, ya sean internos (CyTMA2) o externos (ProInce), contribuyó a acreditar más proyectos de investigación, trazar nuevas líneas de investigación por parte de cada Unidad Académica, conformar más equipos de investigación y formar nuevos recursos humanos. Siendo este, el docente-investigador, la base para seguir alimentando este círculo virtuoso de la producción científica institucional.
Conclusiones
El presente trabajo se propuso analizar la implementación del Programa de Incentivo a los Docente Investigadores, ProInce, en un caso de estudio específico: la Universidad Nacional de La Matanza (UNLaM). Para ello, se partió de una historización y contextualización de la creación de este Programa, junto a la reflexión de las dificultades que se produjeron como corolario de algunas de sus pautas normativas. La metodología empleada ha sido principalmente cualitativa.
Al respecto, a lo largo de este artículo hemos podido observar que la experiencia de la UNLaM muestra cómo, con estrategias institucionales adecuadas, es posible fomentar la investigación y el desarrollo académico, incluso en contextos iniciales adversos. La creación de programas internos de investigación y la capacitación continua de los docentes son herramientas fundamentales para mejorar el acceso a categorías superiores y asegurar la sostenibilidad de la actividad científica universitaria.
Este trabajo ha pretendido realizar una exploración que contribuya a la discusión académica respecto de la gestión de recursos humanos en el Sistema Universitario Nacional argentino, así como, a la toma de decisiones más general. A futuro, se sugiere complementar este análisis con el abordaje de otros estudios de caso que indaguen en los procesos de implementación del Programa ProInce en Universidades Nacionales con perfiles institucionales diferenciados, permitiendo reponer una imagen global del Sistema Universitario argentino.
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[1] El presente trabajo ha sido financiado por el Programa Doctorados UNLaM Edición 2025 (Resolución 329/2023), de la Universidad Nacional de la Matanza (UNLaM).
[2] Universidad Nacional de La Matanza, Argentina. Contacto: dmecca@unlam.com